ARTICULO 1°.- AFECTASE un espacio de VEINTE (20) metros sobre la dársena ubicada en la Avenida Maipú en su intersección con la calle Julio Argentino Roca, destinado al estacionamiento de los vehículos utilitarios de pequeño y mediano porte (hasta un máximo de VEINTICINCO (25) asientos), habilitados por la autoridad competente en el Servicio de Transporte Especial de Pasajeros — Línea Regular.
ARTICULO 2°.- El espacio reservado estará exento de arancelamiento por considerarse de ordenamiento municipal.
ARTICULO 3°.- La presente Ordenanza Municipal tendrá vigencia hasta la construcción y habilitación de la Terminal de Minibases y Colectivos, proyectada en el Paseo de la Costa.
ARTICULO 4 0 .- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para SU promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHíVESE. ORDENANZA MUNICI2PA8LON°nf -1$1 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 15/12/2004.