ARTICULO 1°.- APRUÉBASE un plan de facilidades de pago hasta el 30 de Abril de 2005, para aquellos infractores al Régimen de Penalidades por Faltas Municipales establecido por Ordenanza Municipal N° 1492 y sus complementarias, que tengan sanción firme y consentida impuesta por el Juzgado Administrativo Municipal de Faltas al 1° de Septiembre de 2004.
ARTICULO 2°.- Serán beneficiarios del plan, todos aquellos infractores que se presenten en forma voluntaria y espontánea, a pagar la multa impuesta, obteniendo con el pago de contado, una reducción del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del valor de la unidad punitoria.
ARTICULO 3°.- El Juzgado Administrativo Municipal de Faltas arbitrará los medios necesarios a efectos que los vecinos de la ciudad tomen conocimiento de los beneficios contemplados por la presente.
ARTICULO 4°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 27 7 0 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 01/12/2004.