ARTICULO 1º.- AUTORIZASE por UN (1) año calendario, un espacio reservado para
estacionamiento entre discos, de SIETE (7) metros aproximadamente, frente a la vivienda
ubicada en la calle 9 de Julio Nº 335 de nuestra ciudad, propiedad del Señor Herminio
Ramón VILLEGAS MUÑOZ, con la leyenda en placa adicional: "Reservado Personas
con Discapacidad - Familia VILLEGAS MUÑOZ", de acuerdo al Anexo I que forma parte
de la presente.
ARTICULO 2º.- Exceptúase al Señor Herminio Ramón VILLEGAS MUÑOZ, del pago
establecido en el Artículo 14, Inciso i) de la Ordenanza Municipal Nº 1508.
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área técnica
competente, procederá a la colocación de la señalización vial correspondiente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2657 .
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 31/03/2004
DECRETO MUNICIPAL Nº 369/2004, FECHA: 20 de Abril de 2004.-
Federico SCIURANO
Ricardo José DAS NEVES ROSA