ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del Artículo VII.1.2. - ORDENADORES URBANISTI-
COS - RETIRO FRONTAL OBLIGATORIO - de la Ordenanza Municipal Nº 2139,
Código de Planeamiento Urbano, a la obra ubicada en la Parcela 27 del Macizo 61 de la
Sección "C", propiedad del señor Pedro Carlos SANNA, autorizándose a ocupar el
Retiro Frontal:
a) En Planta Baja hasta 1 metro de la Línea Municipal por 8,30 m de longitud.
b) En Planta Alta hasta 0,50 metro de la Línea Municipal por dos lucarnas de
2,50 metros cada una.
ARTICULO 2º.- Lo establecido en el Artículo 1º queda condicionado a no solicitar una
nueva excepción en cuanto al uso y lo edilicio para la parcela.
ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2649 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 17/03/2004.-
MANUEL IGNACIO LEIVA
RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA