Ordenanza N° 2602 —

Datos de la ordenanza
Número
2602
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Código de Planeamiento
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el texto del Anexo I de la Ordenanza MuniciPal N° 2139

(Código de Planeamiento Urbano), en su Artículo VIII.1-2. - FABRICAS DE PRODUCTOS

LACTEOS - de la Tabla de Usos del Código de Planeamiento Urbano en su Inciso 2 - 2 el

que quedará redactado de la siguiente manera:

"2-2. Elaboración de dulcé, de leche. Elaboración de postre a base de lacteos,

Elaboración de heladós. Fábrica de chocolate artesanal, anexo depósito y

empaque."

ARTICULO 2° -MOD1FICASE el texto del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139

(Código de Planeamiento Urbano), en su Artículo VIII.1.1.1. - LIMITACION NUMERO DE

OPERARIOS - el que quedará redactado de la siguiente manera:

"I.1.1.LIMITACION NÚMERO DE OPERARIOS

Máximo número de operarios 25.

•.• ...• • . ...•

Máximo número de operarios 10. Industriá de carácter familiar."

=•

ARTICULO 3°.- Cornuníquese. ' Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

,

602

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2

DADA EN SESION ORDINAR1A DE FECHA: 17/09/2003.

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ODRIGUEZ

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"Las Is/a.s- Makinus. Georgias Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Aryeatinos"

OArPndrtna'ert1n1,anJeza Numero: 2602 , -ardenas

2/3

Dte. Dpto Despacho Genera(

D G. A.L.M. 2003

USHUAIA,

VISTO El Expedlente N° CD-0488612003 del Registro de esta Municipalidad, y;

CONSIDERANDOi

Que mediante ei misrno tramita la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo

Deliberante de esta cludad, en sesión ordinaria del día 17/09/2003, mediante la cual se

modifican los Artículos -L1MITACIÓN NÚMERO DE OPERARIOS- y V111.1-2 —

FÁBRICAS DE PRODUCTOS LACTEOS- Inciso 2.2 -Tabla de Usos- del Anexo 1 de la

Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano).

Que la Asesoría Letrada Municipal ha tomado la intervención pertinente emitiendo

Dictamen A.L M. N° 620/2003, entendíendo que debería procederse al veto parciai de la

norma propuesta, en su Artículo 1°, a fin que el Cuerpo Deliberativo subsane los defectos

formales señalados en el citado Dictamen.

Que el suscriptc comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrandose facuitado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo

dispuesto en los Articulos 128, 129 y 152 Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal de esta

ciudad.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Vetar en forma parcial la Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante

de la ciudad de Ushuaia, en sesión ordínaria del día 17/09/2003, mediante la cual se

modifican Ios Artículos -LIMITAC1ÓN NÚMERO DE OPERARIOS- y VI11.1-2 —

FÁBRICAS DE PRODUC -TOS LACTEOS- Inciso 2.2 -Tabla de Usos- del Anexo I de la

Ordenanza Municipal N° 2139 (Códígo de Planeamiento Urbano), en su Artículo 1°. Ello, por

2 6 0 2 los motivos expuestos en el exordio.

ARTICULO 2°.- Promulgar en sus artículos 2° y 3° la Ordenanza Municipal N°

citada en el artículo precedente, prevía decisión favorable del Concejo Deliber conforme

lo establecido por el Artículo 129 de la Carta Orgánica Municipal de esta ciu d

ARTICULO 3° Cornunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de shuaia. Cumplido,

archivar

DECRETO MUNICIPAL N°

Rib\ML44

UshualE1

• ,rns Sandwich del Sur. v Los Hielos Cominentales Son v Serán Arpennnos"

Ordena:- )nrovzinaoiaNdeuTmiererardoel:F2ue6go0, 2

,1c1artida e Islas del Atlántico Sur

3/3 Re?ública Argentina a

Je e Dpto Despacho General

Municipalidad de Ushuala TyD A.L.M.

USHUAIA, 28 OCT 2003

V1STO: La Ordenanza Municipal N° 2602, sancionada por el Concejo Deliberante

de esta Ciudad en sesión ordinaria del día 17109/2003, por la cual se modifican los

Artículos V111.1.1.1 --LIMITACIÓN NÚMERO DE OPERARIOS- y V111.1.2 -FABRICAS DE

PRODUCTOS LACTEOS- Inciso 2.2 -Tabla de Usos- del Anexo I de la Ordenanza

Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), y;

CONSIDERANDO:

Que dicha norma fue parcialmente vetada mediante Decreto Municipal N°

630/2003, en su Artículo 1 0 .

Que por Resolucíón C.D. N° 145/2003 dada en sesión ordinaria de fecha

22/10/2003, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad insiste en la sanción del Artículo 10

de la Ordenanza Municípal N° 2602.

Que este Departamento Ejecutivo entíende que se han cumplído los requisitos

exigidos por el Artículo 128 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia para

proceder a la promulgación de la norma insistida.

Que el suscripto se encuentra facultado para el díctado del presente acto

administrativo, en atención a las prescripciones del Artículo 152 Inciso 3) de la Carta

Organica Municípal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1 0.- Promulgar el Artículo 10 de la Ordenanza Municipal N° 2602, sancionada

ipor el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, en sesión ordinaria del día

71C9/2003, mediante la cual se modifican los Artículos VIII.1.1.1 --LIMITACIÓN NÚMERO

OPERARIOS- y V111.1.2 -FABRICAS DE PRODUCTOS LACTEOS- Inciso 2.2 -Tabla de

os- del Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano).

ElIo en virtud de la insistencia efectuada mediante Resolución C.D.N° 145/2003.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Muni Idad de Ushuaia.

° Cumplido. Archivar. /2003.

DECRETO MUNICIPAL N° 0

Mar ano E. Pombo GARRAUUÑO.

X

Sec etario de Obras

y S rvicios Públicos

Municipalid ad de Ushuaia

"LAS ISLAS MALVINAS,GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, Y LOS HIELOS CONTINENTALES, N ‘ Y SA"WNIRshGuEalaNTINOS"

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