ARTICULO 1°.- AUTORIZASE un espacio reservado entre discos, con capacidad para UN (1) vehículo automotor tipo camioneta, de acuerdo a lo reglamentado en la Ordenanza Municipal N° 1797, con la leyenda en placa adicionál que exprese: "Reservado exclusivo para Ambulancia y/o Personal Médico", en la calle Intendente Torelli N° 722 de nuestra Ciudad.
ARTICULO 2°.- EXCEPTUASE del pago del arancel previsto en el Inciso i), Artículo 14 de la Ordenanza Municipal N° 1508 (Tarifaria), al Señor MENDEZ BARRIENTOS, Juan D.N.I. N° 21.816.839, por -el tiempo de vigencia de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3`).- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la colocación de la señalización vial correspondiente.
ARTICULO 4 ü .- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 2577 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 11/06/2003.