ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Capítulo VII, Indicadores
Urbanísticos para la Zonificación MR1 (MIXTO RESIDENCIAL 1), del Anexo I de la
Ordenanza Munipal N° 2139, para el proyecto a erigirse en la Parcela 9, del
Macizo 5 de la Sección "F", propiedad de Línea B.S.A., autorizándose a:
a) Ocupar el Retiro Frontal;
b) Ocupar el Retiro Lateral;
c) Ocupar el Retiro Contrafrontal;
d) Autorizar una Altura Máxima en la cumbrera del varadero de 6,34
metros:
e) Autorizar una Superficie Máxima construida en la - Parcela de 1246rn2.
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
cromulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.
,
ORDENANZA MUNICIPAL N°
DADA EN SESION ORDINARIA DE HA: 30/04/2003.
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EATRIZ OJEDA
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7(Ys isias Afaltiinas, Ge9rgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"
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Munieipalidad de Ushuala MAY USHUAIA, 1 it
2003
VISTO: El Expediente N° CD- 02106/2003 del Registro de esta Municipalidad,
y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
30/04/2003, por la cual se exceptúa de lo establecído en el Capítulo VII, Indicadores
Urbanísticos para la Zonificación MR1 (Mixto Residencial 1) del Anexo I de la
Ordenanza Municipal N° 2139, al proyecto a erigirse en la Parcela 9 del Macizo 5 de la
Sección "F", propiedad de Línea B.S.A, autorizándose a ocupar el Retiro Frontal, Lateral
y Contrafrontal, una Altura Máxima en ia cumbrera del varadero de 6, 34 m y una
Superficie Máxima construida en la Parcela de 1246 m2.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° 314/2003, recomendando su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servício Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a
las prescripciones del Artículo 152 Inciso 3) de. la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
2 5 6 8,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 30/04/2003,
por la cual se exceptúa de lo establecido en el Capítulo VII, Indicadores Urbanísticos
para la Zonificación MR1 (Mixto Residencial 1) del Anexo I de la Ordenanza Muhicipal
N° 2139, al proyectc erigirse en la Parceia 9 del Macizo 5 de la Sección "F", Propiedad
de Línea B.S.A, autorízándose a ocupar el Retiro Frontal, Lateral y Contrafrontol, una
Altura Máxima en a cumbrera del varadero de 6, 34 m y una Superficie Máxima
construida en la Parcela de 1246 m2. Ello en virtud de lo expuesto exordio.
ARTICULO Comunicar. Dar al Boietín Oficial nicipalidad de Ushuaia.
9 o Cumplido, archivar. ,4? 12003.
DECRETO M CIPAL N°
Mar q ano E. Pombo ÇIr, 3 GARRAMUN
ente
Sec o t: !J de Obras Mun. de Ushuaia
y Sa vicios Públicos
Municr, )11-JzId de Ushuaia
"Las Islas Georgias y Sandwien del nr, y los Hielos continentales son rán Argentinos"