Ordenanza N° 2568 NO

Datos de la ordenanza
Número
2568
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
NO
Tema
Código de Planeamiento
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Capítulo VII, Indicadores

Urbanísticos para la Zonificación MR1 (MIXTO RESIDENCIAL 1), del Anexo I de la

Ordenanza Munipal N° 2139, para el proyecto a erigirse en la Parcela 9, del

Macizo 5 de la Sección "F", propiedad de Línea B.S.A., autorizándose a:

a) Ocupar el Retiro Frontal;

b) Ocupar el Retiro Lateral;

c) Ocupar el Retiro Contrafrontal;

d) Autorizar una Altura Máxima en la cumbrera del varadero de 6,34

metros:

e) Autorizar una Superficie Máxima construida en la - Parcela de 1246rn2.

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

cromulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

,

ORDENANZA MUNICIPAL N°

DADA EN SESION ORDINARIA DE HA: 30/04/2003.

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7(Ys isias Afaltiinas, Ge9rgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

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Munieipalidad de Ushuala MAY USHUAIA, 1 it

2003

VISTO: El Expediente N° CD- 02106/2003 del Registro de esta Municipalidad,

y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día

30/04/2003, por la cual se exceptúa de lo establecído en el Capítulo VII, Indicadores

Urbanísticos para la Zonificación MR1 (Mixto Residencial 1) del Anexo I de la

Ordenanza Municipal N° 2139, al proyecto a erigirse en la Parcela 9 del Macizo 5 de la

Sección "F", propiedad de Línea B.S.A, autorizándose a ocupar el Retiro Frontal, Lateral

y Contrafrontal, una Altura Máxima en ia cumbrera del varadero de 6, 34 m y una

Superficie Máxima construida en la Parcela de 1246 m2.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° 314/2003, recomendando su promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servício Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a

las prescripciones del Artículo 152 Inciso 3) de. la Carta Orgánica Municipal de la

ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

2 5 6 8,

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el

Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 30/04/2003,

por la cual se exceptúa de lo establecido en el Capítulo VII, Indicadores Urbanísticos

para la Zonificación MR1 (Mixto Residencial 1) del Anexo I de la Ordenanza Muhicipal

N° 2139, al proyectc erigirse en la Parceia 9 del Macizo 5 de la Sección "F", Propiedad

de Línea B.S.A, autorízándose a ocupar el Retiro Frontal, Lateral y Contrafrontol, una

Altura Máxima en a cumbrera del varadero de 6, 34 m y una Superficie Máxima

construida en la Parcela de 1246 m2. Ello en virtud de lo expuesto exordio.

ARTICULO Comunicar. Dar al Boietín Oficial nicipalidad de Ushuaia.

9 o Cumplido, archivar. ,4? 12003.

DECRETO M CIPAL N°

Mar q ano E. Pombo ÇIr, 3 GARRAMUN

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Sec o t: !J de Obras Mun. de Ushuaia

y Sa vicios Públicos

Municr, )11-JzId de Ushuaia

"Las Islas Georgias y Sandwien del nr, y los Hielos continentales son rán Argentinos"

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