ARTICULO 1 0 .- EXCEPTUASE de lo estipulado en el Artículo 3° de la Ordenanza
Municipal N° 2180, autorizando la operación de intercambio de la Parcela 10, del
Macizo 35, de la Sección L, a nombre de la Señora Liliana Beatriz RONDINELLI, por
una vivienda del Instituto Provincial de Vivienda, ubicada en el Barrio 80 viviendas Río
Olivia, Tira 19, Piso 2°, Departamento D, a nombre de la Señora Blanca VIDELA.
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipai para su publicación y ARCHIVESE.-
2 4 9 8 ORDENANZA MUNICIPAL N°
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHK1T8/09/2002.-
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MALDONADO
Vice-Presidente 14,
Concejo Dellberante
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República Argentina
Jete Di5to Despacho General
Municipalidad de Ushuaia D.L T yD G A.L M
USHUAIA, 0 3 OCT 2002
VISTO . El Expediente N° CD-0472512002 del Registro de esta
Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza
Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del
día 18/09/2002, por la cual se establece una excepción a lo estipulado en el Artículo 3°
de la Ordenanza Municipal N° 2180, autorizando la operación de intercambio de la
Parcela 10 del Macizo 35 de la Sección L, a nombre de la señora Liliana Beatriz
RONDINELLI, por una vivienda del Instituto Provincial de Vivienda, ubicada en el Barrio
80 viviendas Río Olivia, Tira 19, Piso 2°, Departamento D, a nombre de la señora
Blanca VIDELA.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° 631/2002, recomendando su promulgación.
Que la suscripta comparte el criterio sustentado por ese Servicio
Jurídico, encontrándose facultada para dictar el presente acto administrativo, en
atención a las prescripciones de los Artículos 152 inciso 3), 156 y 159 Inciso 1) de la
Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
LA PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE
A/C DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
2 4 9 8 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°
sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 18/09/2002,
por la cual se se establece una excepción a lo estipulado en el Artículo 3° de la
Ordenanza Municipal N° 2180, autorizando la operación de intercambio de la Parcela 10
del Macizo 35 de la Sección L, a nombre de la señora Liliana Beatriz RONDINELLI, por
una vivienda del Instituto Provincial de Vivienda, ubicada en el Barrio 80 viviendas Río
Olivia, Tira 19, Piso 2°, Departamento D, a nombre de la señora Blanca VIDELA. Ello en
virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 6 7 7 /2002.
rI1CC.
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MA IA CRISTIKA SANT ANA
'y cretaria de Gobierno MONIC EATRIZ 0 EDA
Municipalidad de Ushuaia Presidenl el Conce¡o Deliberante
'tIC de la unicipalided de Ushuala
"Las Islas Malvinas, .Jeorgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales son y se án Argentinos''