Ordenanza N° 2487 —

Datos de la ordenanza
Número
2487
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1º.- ESTABLÉCESE que, a partir de la promulgación de la presente, los

Actos Administrativos emanados del Concejo Deliberante por medio de los cuales se

requieran información, remisiones de actuaciones y/o documentación al Departamento

Ejecutivo Municipal, deberán ser cumplidos en un plazo de DIEZ (10) días hábiles de su

recepción, el plazo se podrá prorrogar en forma excepcional por otros DIEZ (10) días

corridos de mediar circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada, en

su caso, el órgano requerido debe comunicar, antes del vencimiento del plazo de DIEZ

(10) días, las razones por las cuales hará uso de la prórroga excepcional.

ARTICULO 2º.- Los Actos Administrativos a que hace mención el Artículo 1º, deberán

ser respondidos a criterio del Departamento Ejecutivo por escrito o mediante la

exposición personal del Señor Intendente y/o Funcionarios Municipales que al efecto

designe ante el Concejo Deliberante, en reuniones de la Comisión Temática del Cuerpo

que corresponda en función al tema por el cual se requirió información.

ARTICULO 3º.- El incumplimiento injustificado a lo descripto en la presente, hará

pasible a los funcionarios alcanzados de sanciones de Apercibimiento, en Primera

Instancia, y Descuento equivalente a la remuneración mensual correspondiente a UN

(1) día para cada reiteración, monto que podrá incrementarse hasta un máximo de

CINCO (5) días ante reiteradas faltas.

ARTICULO 4º.- La justificación a que hace referencia el Artículo 3º, así como la

determinación de sanciones específicas que pudieran corresponder, será establecida

por Resolución del Concejo Deliberante con la mayoría simple en el caso de Apercibi-

miento y con los 2/3 de los miembros presentes en el caso de Descuento de las

remuneraciones.

ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación. Cumplido.

ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2487 .

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 21/08/2002.

DECRETO MUNICIPAL Nº 607/2002, FECHA: 04 de Septiembre de 2002.-

Mónica Beatriz OJEDA

Marcos F.A. LUGONES

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