Ordenanza N° 2465 —

Datos de la ordenanza
Número
2465
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Convenio Municipal de Empleo
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1º.- CONVOQUESE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza a

iniciar las acciones correspondientes para establecer el Régimen de Empleo Público

Municipal establecido en nuestra Carta Orgánica, Artículo 108, Capítulo undécimo,

Régimen de Empleo Público y sus cláusulas transitorias.

ARTICULO 2º.- En la primer negociación colectiva y sobre la base de DIEZ (10)

representantes, la proporción será la siguiente:

a) Por los trabajadores agremiados, SEIS (6) representantes elegidos en forma

proporcional a la cantidad de afiliados de cada gremio.

b) Por los no agremiados, CUATRO (4) representantes elegidos por el voto directo

y secreto de los trabajadores no agremiados.

ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2465 .-

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 10/06/2002.-

DECRETO MUNICIPAL Nº 416/2002, FECHA: 14 de Junio de 2002.-

Mónica Beatriz OJEDA

Marcos F.A. LUGONES

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