ARTICULO 1º.- DESAFECTASE como Espacio Verde a un área de aproximada-
mente 1300 m2 del Macizo 48 de la Sección “F”, de acuerdo al croquis que forma
parte de la presente como Anexo I, a los efectos de su posterior adjudicación a la
Asociación Civil “Los Morros”, de la nueva Parcela creada.
ARTICULO 2º.- Destínese dicha Parcela a la construcción de un Centro Deportivo
Recreativo para el uso comunitario. El uso Deportivo Recreativo será exclusivo, no
permitiéndose la incorporación ni el cambio del uso que no sean de interés
comunitario. No se permitirá destinar éste edificio a usos comerciales.
ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y
ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2422 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 28/11/2001.-
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