ARTICULO 1º.- PROHÍBASE el giro a la izquierda a aquellos vehículos que
circulen en sentido Noreste-Suroeste por la Avenida Maipú, a la altura del 1200 al
1300 de la misma, tal como se indica en el Anexo I que forma parte de la presente.
ARTICULO 2º.- PROHÍBASE el giro a la izquierda a aquellos vehículos que
circulen en sentido Suroeste-Noreste por la Avenida Maipú, a la altura del 900 al
1000 de la misma, tal como se indica en el Anexo II que forma parte de la
presente.
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la inmediata
señalización de lo establecido en los Artículos precedentes, tal como se indica en
los Anexos que forman parte de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y
ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2394 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 31/10/2001.-
Jam.