ARTICULO 1º.- PROHIBASE el estacionamiento vehicular en ambas márgenes de
la calle Leopoldo Lugones entre su intersección con la calle Roberto Fitz Roy y
calle Gunter Pluschow de nuestra ciudad, de acuerdo al croquis adjunto que forma
parte de la presente como Anexo I.
ARTICULO 2º.- La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de los cinco (5)
días posteriores a su promulgación, período en el cual se procederá a dar amplia
difusión a la presente, e implantar la señalización vial correspondiente.
ARTICULO 3º.- Deróguese toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y
ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2377 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 03/10/2001.-
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