ARTICULO 1º.- PROHÍBASE el giro a la izquierda para los vehículos que circulan por
la calle Carlos Darwin con sentido Sur – Norte y que quieran ingresar a la arteria Luis
Vernet, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial
Nº 24449.
ARTICULO 2º.- ESTABLÉCESE la obligatoriedad del giro a la derecha para los
vehículos que circulan por la arteria Luis Vernet y que ingresen a la distribuidora de
tránsito ubicada en la intersección de las calles Darwin y Gobernador Paz.
ARTICULO 3º.- Por el Departamento Ejecutivo Municipal en un plazo no mayor a
treinta (30) días contados a partir de la promulgación de la presente, se deberá
colocar la señalización vial vertical correspondiente, de acuerdo a lo indicado en el
Anexo I que se adjunta, como así también se deberá dar amplia difusión a la
presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2354 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 08/08/2001.-
Jam.