Ordenanza N° 2325 NO

Datos de la ordenanza
Número
2325
Fecha de sanción
16/05/2001
Vigencia
NO
Decreto
652
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1º.- ESTABLÉCESE que, a partir de la promulgación de la presente, las

Resoluciones emanadas del Concejo Deliberante, por medio de las cuales se

requieran informes, remisiones de actuaciones y/o documentación al Departamento

Ejecutivo Municipal, deberán ser cumplidas dentro de los veinte (20) días hábiles a

partir de su recepción.

ARTICULO 2º.- Las Resoluciones a que hace mención el Artículo 1º, deberán ser

respondidas, a criterio del Departamento Ejecutivo, por escrito o mediante la

exposición personal del Señor Intendente y/o el funcionario municipal que al efecto

designe ante el Concejo Deliberante, en reuniones de la Comisión de Asesoramiento

Permanente del Cuerpo que al efecto determine la Presidencia.

ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2325 .-

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 16/05/2001.-

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Observaciones
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