Ordenanza N° 2315 NO

Datos de la ordenanza
Número
2315
Fecha de sanción
16/05/2001
Vigencia
NO
Decreto
585
Tema
Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- INCLUYASE como Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 2296,

sancionada por este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 02/05/2001, el

cual quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTICULO 1°.- DESAFECTASE del uso de la vía pública al tramo de la calle Santa

Cruz, comprendida entre Chubut e Isla Año Nuevo y entre los Macizos ga y 10 de la

Sección L, destinado a uso exclusivo de la Escuela Municipal Experimental "Las

Lengas", a la fracción destinada con el N° 1 en el Plano que forma parte de la

presente como Anexo I."

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

2 3 1 5 ORDENANZA MUNICIPAL N°

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECH . 16/05/2001 -

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Antártida e Islas del Atlántico Sur C-Jrdenas

2/2 República Argentina

Jefe Dpto Despacho General

D.L T yDG A.L.M.

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 28 MAY 2001

VISTO: El Expediente N° 02830/2001 del Registro de esta Municipalidad,

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 16/05/2001_ por

la cual se incorpora el Artículo 1° a la Ordenanza Municipal N° 2296.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad

emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 142/2001, recomendando su promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico.

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atencion a las

preseripciones del Artículo 101 0 Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

2 3 1 5,

ARTICULO 1".- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el Concejo

Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 16/05/2001, por la cual se

incorpora el Artículo 1 0 a la Ordenanza Municipal N° 2296. Ello en virtud de lo expuesto en el

exordio.

ARTICULO 2".- Comunicar. Dar al Boletín Oficial a Muni pandad de Ushuaia. Cumplido,

archivar. •

DECRETO MUNI

585

/2001.

MarL no E. Pombo

Seor tario de Obras

y Seuicios Púbhcos

de Ushua a

Ushuels

"Las. Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y Los Hielos Continentales Son y Seran Argentmos-

Observaciones
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