ARTICULO 1°.- SUSTITUIR el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 1980, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTICULO 2°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a entregar en parte de pago cinco (5) de los vehículos mencionados en el artículo precedente, a efectos de adquirir seis (6) nuevos camiones con caja volcadora".
ARTICULO 2°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a entregar en carácter de donación a los Bomberos Voluntarios de la ciudad de Ushuaia, un (1) Camión Volcador Mercedes Benz, cuya baja patrimonial fue autorizada por Ordenanza Municipal N° 1980 y promulgada por Decreto Municipal N° 276/99.
ARTICULO 3°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° 2284 .- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 14/03/2001.-