Ordenanza N° 2252 NO

Datos de la ordenanza
Número
2252
Fecha de sanción
15/11/2000
Vigencia
NO
Decreto
1446
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 50 del Anexo I de la Ordenanza Municipal

N° 1494, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTICULO 5 0 •- Denomínase "HEROES DE MALVINAS" a la Avenida que nace en

la línea contínua que une el vértice sur del Macizo 57 de la Sección "D", con el

vértice noroeste del Macizo 2 de la Sección "E", confluenCia de las calles 17 de

Mayo, Yaganes y la Avenida Leandro N. Alem, continuando su traza lindera a los

•

Macizos que a continuación se detallan: al sur Macizo 2 de la Sección "E", Macizos

115, 117, 118, 66 A, 66 B, 47, 48, 113, calle Soldado Daniel EnriqUe Lago y 79 A de

la Sección "F", Macizos 3, 2, 21, calle Punta San Juan, 10, 11, 12 y 13 de la Sección

"G"; al norte lindera con la calle Sin Nombre paralela al Macizo 57 de la Sección "D" y

paralela al Macizo 21 y 6 de la Sección "E", a la calle Las Violetas Este y a los

Macizos 9, 26, 25, 31, 30, 29 y 28 de la Sección "E", lindera a las Quintas 9, 8, 7, 6, 5

y 4 de la Sección "0", lindera a los Macizos 1000, 35, 2, 22, 33, 44, 43, 4, 5, 6, 7 y 8

de la Sección "G", finalizando en la línea contínua que une el vértice sudeste del

Macizo 8 con el vértice noreste del Macizo 13, ambos de la Sección "G"."

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL 2 25 2

pAppt_FA. W,SION QRDlN9lApE FE A: 15/11/2000.-

Jam.

MONICA BEA 1Z OJEDA

MARC F.A. L1JGONES Presidente

• cretario ishC,once.o Deliberante

0 el Deliberante

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Antártida o Islas del Atlantieu Sur ~¿/"/ 1D4 pr,r j 513).1:p acjho

Jefe

Ordenanza NReupúmbliecarAor:ge2nt2in5a 2 .ffsCnCárdenas

Jefe Dp;. to Despacho General D.L.T y D G. A.L,M,

2/2 Munleipalidad de Usliusia

D.L T y D G. A.L,M.

USHUAIA, 2 3 NOV 2000

VISTO: El Expediente N° 06882/2000 del Registro de esta Municipalidad, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día

15/11/2000, por la cual se sustituye el Artículo 5° del Anexo I de la Ordenanza Municipal

N° 1494.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 654/2000, recomendando su

promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a

las prescripciones del Artículo 101° Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

2 2 5 2 ,

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sanclonada por el

Concejo Deliberante de la Cludad de Ushuala en sesIón ordinarla del dia 15/11/2000,

por la cual se sustituye el Artículo 5° del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494.

Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Oficial de unici lidad de Ushuaia.

Cumplido, archívese. 4 4 6 /2000.

DECRETO MUNICIPAL N°

Llo.JUAN MANUEL fiQMANC InJ GE NO

Secrelerio de Gobierno MunIcIpr' Inte UshuaJa

Municipalidad de Ushual, Mun ida

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y Los Hielos Continemales Son y Serán Ar dnos"

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