ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 50 del Anexo I de la Ordenanza Municipal
N° 1494, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"
ARTICULO 5 0 •- Denomínase "HEROES DE MALVINAS" a la Avenida que nace en
la línea contínua que une el vértice sur del Macizo 57 de la Sección "D", con el
vértice noroeste del Macizo 2 de la Sección "E", confluenCia de las calles 17 de
Mayo, Yaganes y la Avenida Leandro N. Alem, continuando su traza lindera a los
•
Macizos que a continuación se detallan: al sur Macizo 2 de la Sección "E", Macizos
115, 117, 118, 66 A, 66 B, 47, 48, 113, calle Soldado Daniel EnriqUe Lago y 79 A de
la Sección "F", Macizos 3, 2, 21, calle Punta San Juan, 10, 11, 12 y 13 de la Sección
"G"; al norte lindera con la calle Sin Nombre paralela al Macizo 57 de la Sección "D" y
paralela al Macizo 21 y 6 de la Sección "E", a la calle Las Violetas Este y a los
Macizos 9, 26, 25, 31, 30, 29 y 28 de la Sección "E", lindera a las Quintas 9, 8, 7, 6, 5
y 4 de la Sección "0", lindera a los Macizos 1000, 35, 2, 22, 33, 44, 43, 4, 5, 6, 7 y 8
de la Sección "G", finalizando en la línea contínua que une el vértice sudeste del
Macizo 8 con el vértice noreste del Macizo 13, ambos de la Sección "G"."
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL 2 25 2
pAppt_FA. W,SION QRDlN9lApE FE A: 15/11/2000.-
Jam.
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Jefe
Ordenanza NReupúmbliecarAor:ge2nt2in5a 2 .ffsCnCárdenas
Jefe Dp;. to Despacho General D.L.T y D G. A.L,M,
2/2 Munleipalidad de Usliusia
D.L T y D G. A.L,M.
USHUAIA, 2 3 NOV 2000
VISTO: El Expediente N° 06882/2000 del Registro de esta Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
15/11/2000, por la cual se sustituye el Artículo 5° del Anexo I de la Ordenanza Municipal
N° 1494.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 654/2000, recomendando su
promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a
las prescripciones del Artículo 101° Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
2 2 5 2 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sanclonada por el
Concejo Deliberante de la Cludad de Ushuala en sesIón ordinarla del dia 15/11/2000,
por la cual se sustituye el Artículo 5° del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494.
Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Oficial de unici lidad de Ushuaia.
Cumplido, archívese. 4 4 6 /2000.
DECRETO MUNICIPAL N°
Llo.JUAN MANUEL fiQMANC InJ GE NO
Secrelerio de Gobierno MunIcIpr' Inte UshuaJa
Municipalidad de Ushual, Mun ida
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y Los Hielos Continemales Son y Serán Ar dnos"