Ordenanza N° 2249 NO

Datos de la ordenanza
Número
2249
Fecha de sanción
15/11/2000
Vigencia
NO
Decreto
1443
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1°.- SUSTITUIR el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 1533, el que quedará redactado conforme se transcribe a continuación: "

ARTICULO 1°.- PROHIBASE el uso de cubiertas con clavos fuera del período establecido por el Departamento Ejecutivo para su uso obligatorio, de acuerdo a lo prescrito por la Ordenanza Municipal N° 1619. Asimismo, estará prohibida la circulación de vehículos que utilicen cadenas en sus ruedas sobre calle pavimentadas."

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- 2249 ORDENANZA MUNICIPAL N° / DADA EN SESION ORDINARIA DE F CH . 15/11/2000.- Jam, MON1CA TR1Z OJEDA Presidente Concejo Dellberante COS LUGONES Seo•rio Concelo Oel blrante EL 0 DANIEL BL ER DIRE TOR DE INISTRACI CO CEJO DE IBERANTE " Zxi• C_Yibicr PAdvizazt, ceooze y Q9c9vna(tzt¿cÁ ¿ei Q97bx, .10,7s y j(37'11/71 e'11471.126 Provineia de Tierra del Fuego, co lA ZFIL o ORIGINA1 OrdenanzaAnNtárutidma eeIsrloas:d2el2A4lkn9aieo Sur — TC ardenas 2/2 República Argentina Jefe Dpto Despacho General Municipalidad de Ushuaiat D.L T yDG A.L,M. USHUAIA, 23 NOV 2000 VISTO: El Expediente N° 06885/2000 del Registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: • Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 15/11/2000, por la cual se sustituye el Artículo 10 de la Ordenanza Municipal N° 1533. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 658/2000, recomendando SU promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del Artículo 101° Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 2 2 49

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 15/11/2000, por le cual se suatituye el Articulo 1 0 de la Ordenanza Municipal N° 1533, Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Oficial de la Municipalida de Ushuaia. Cumplido, arch ívese. 4 43 DECRETO MUNICIPAL N° 2000. MANUELROMAN EA. GARRAtilif40 nereterla de Gobierno Munlolpe' iten nte Municipalidad de Ushuoll idad e Ushuana

Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas