ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 2112, a
la empresa Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia, en relación
a la colocación de un cartel publicitario, frente a la Parcela 5, Macizo 6, Sección ¨F¨,de
la Avenida Perito Moreno Nº1550 de nuestra ciudad, a una distancia de 4,30 mts. De
la calzada, cuyas dimensiones son de tres (3) mts. de largo por tres (3) mts. de alto,
ubicándose la parte inferior del cartel a un nivel de cuatro (4) mts. sobre la calzada, de
acuerdo al croquis que, como Anexo I, se incorpora a la presente.
ARTICULO 2º.- En el caso de realizarse en el futuro una ampliación de la Avenida
Perito Moreno de nuestra ciudad, la empresa sociedad Anónima Importadora y
Exportadora de la Patagonia deberá, en los plazos que oportunamente determine la
Dirección Nacional de Vialidad y/o la Municipalidad de Ushuaia, efectuar a su cargo y
sin derecho a reclamo alguno, la remoción del cartel publicitario referido en la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 2157 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 17/05/2000 .-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL: 705/2000 .-