ARTICULO 1º.- ESTABLECESE un solo sentido de circulación para la calle Pastor
Lawrence, de Sudoeste a Noroeste, entre sus intersecciones con las calles Provincia
Grande y Primer Argentino.
ARTICULO 2º.- Establécese el estacionamiento vehicular sobre ambas márgenes para
la calle Pastor Lawrence en el tramo indicando en el artículo precedente.
ARTICULO 3º.- Abrógase toda otra norma que se oponga parcial o totalmente a la
presente.
ARTICULO 4º.- Por el Departamento Ejecutivo Municipal procédase a la colocación de
la señalización vial correspondiente.-
ARTICULO 5º.- La presente Ordenanza Municipal tendrá vigencia a partir de los
treinta (30) días a partir de la fecha de su promulgación, período en el cual el
Departamento Ejecutivo Municipal procederá a dar amplia difusión a la presente.
ARTICULO 6º.- Comuníquese. Pase al departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 2147 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 18/04/2000 .-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL: 605 /2000 .-