ARTICULO 1°.- INCLUYASE como obra de Utilidad Pública y sujeta al Sistema de
Contribución por Mejoras, en los términos de la Ordenanza Municipal N° 1936,
promulgada por Decreto Municipal N° 1070/99, la pavimentación de la calle:
• Austral entre Karukinka Norte y Monseñor José M. Scriva.
ARTICULO 2°.- Considerase contribuyentes al Sistema de Contribución por Mejoras de
la obra enunciada en el Artículo 1° de la presente, a los frentistas en razón de los
metros lineales de frente linderos a vía pública que den a la mencionada obra.-
ARTICULO 3°.- El listado de los contribuyentes y los montos por frente serán los
establecidos en el Anexo II de la presente.-
ARTICULO 4°.- Desígnase como organismo responsable de la Liquidación y
Recaudación de la Contribución por Mejoras, a la Secretaría de Economía y Finanzas
de la Municipalidad de Ushuaia.-
ARTICULO 5°.- Facúltase al Ejecutivo Municipal, por medio de la Secretaría de
Economía y Finanzas, para establecer formas de pago y plazos de acuerdo a las tasas
que se establecen en la Ordenanza Fiscal vigente.-
ARTICULO 6°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 2086 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 06/10/1999.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1374 / 99.-