ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE alossecinos de barrios denominados,San Vicente de Paul, La Cantera, Hipólito Yrigoyen y El Bosquecito, los cuales son beneficiarios del Programa de Mejoramiento de Barrios implementado por la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación, quienes regulaíiia'rán su situación dominial con la entrega definitiva del Título de Propiedad del predio que ocupan, del cumplimiento de lo estableddo en la Ordenanza Municipal N° 1952.-
ARTICULO, 20.- El Ejecutivo Municipal deberá controlar el fiel cumplimiento del alcance de la. presente Ordenanza para todos los vecinos que acrediten efectivamente su domicilio y ocupación en Ios barrios mencionadok- 11)1111,
ARTICULO 3°.- Comuniquese. Pase al Depártamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.- - g ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 24/03/99.-