ARTICULO 1°.- DESAFECTASE un tramo de la calle Las Prímulas, comprendido entre la Parcela 2 del Macizo 108, Parcelas 29, 28 y parte de la Parcela 27 del Macizo 95 de la Sección "D", el que contará con una superficie aproximada de 1576,95 m2 (un mil quinientos setenta y seis con noventa y cinco metros cuadrados), de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.-
ARTICULO 2°.- AFECTASE como Espacio Verde una superficie aproximada de 1228,23 m2 (un mil doscientos veintiocho con veintitrés metros cuadrados) de la superficie desafectada según el Artículo 10 y una superficie de 348,72 m2 (trescientos cuarenta y ocho con setenta y dos metros cuadrados), cómo Reserva Fiscal de acuerdo al Anexo 1.-
ARTICULO 3°.- DESAFECTASE del espacio verde identificado catastralmente como Sección "D", Macizo 95, Parcela 28, una superficie aproximada de 94,38 m2 (noventa y cuatro con treinta y ocho metros cuadrados) de acuerdo al Anexo I, lo que quedará afectado al uso de Vía Pública.-
ARTICULO 40.- Las medidas definitivas de las superficies indicadas en los artículos precedentes, quedarán definidas mediante el plano de mensura correspondiente.-
ARTICULO 5°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° 3 5 .- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 10/03/99.-