Ordenanza N° 199 NO

Datos de la ordenanza
Número
199
Fecha de sanción
01/08/1986
Vigencia
NO
Decreto
440
Tema
Deportes
Comisión
Calidad de Vida, Deportes, Cultura y Educación
Descripción

ARTICULO 1º.- INSTITUYASE el Premio “Isla de Plata” a otorgarse al deportista

más sobresaliente de cada disciplina.

ARTICULO 2º.- Aprobar el Reglamento del Premio “Isla de Plata” que forma parte

de la presente como Anexo I.

ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 199 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 01/08/1986.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 440 / 86 .-

ANEXO I

REGLAMENTO DEL PREMIO “ISLA DE PLATA”

1º) La distinción “Isla de Plata” se otorgará anualmente al deportista más

sobresaliente en cada disciplina, a manera de reconocimiento y estímulo para

quienes lo reciban y como ejemplo para la comunidad.

2º) Podrá ser postulado para este Premio, todo deportista federado, que haya

desarrollado una actividad metódica, organizada y sistemática y que proyecte

hacia la comunidad una imagen positiva de la ventajas que proporciona la

práctica del deporte, ventajas que se suponen guardan estrecha relación con un

excelente estado de salud física y moral, equilibrio psíquico, espíritu de grupo,

solidaridad y altruismo.

3º) Quedarán excluidos aquellos que, pese lograr éxitos deportivos, no muestren

una figura positiva de deportista en su vida diaria de relación (laboral, familiar y

cívica), y en los campos de juego (amor al deporte, esfuerzo, desinterés).

4º) Podrán ser incluidos aquellos deportistas que, aun sin estar federados, reúnan

condiciones excepcionales y merezcan, a criterio del Jurado, esta distinción.

5º) El Isla de Plata será otorgado por un Jurado constituido por:

El Director de Recreación y Deportes Municipal.

Los Presidentes de cada uno de los Deportes Federados con asiento en Ushuaia.

Un representante del Honorable Concejo Deliberante.

6º) A los efectos de facilitar la labor del Jurado, la postulación o nominación de un

deportista, para acceder a la distinción que nos ocupa, deberá ser acompañada

por un detallado informe, a modo de fundamentación.

Sin desmedro de otros datos que se puedan agregar, dicho informe deberá

incluir, obligatoriamente, los siguientes puntos:

a) Resultados obtenidos en el plano deportivo a nivel local, nacional o internacional;

b) tiempo que hace que practica el deporte en forma sistemática y organizada.

Frecuencia (semanal, mensual, anual, etc.);

c) contracción al trabajo y esfuerzo deportivo (opinión de técnicos, compañeros,

preparador físico, entrenador, etc.);

d) relación (equilibrio) entre la práctica deportiva y la vida diaria (estudio, trabajo,

familia, etc.); opinión de docentes, padres, esposa e hijos;

e) conducta en los campos de juego y competencias (control emocional, respeto a

las reglas de juego, relación con los árbitros, actitudes positivas ante la derrota o

el triunfo);

f) sentido de equipo (relación con sus compañeros, liderazgo, compañerismo,

solidaridad, colaboración con el técnico, entrenador o profesor);

g) residencia en el Territorio;

h) edad, la que no deberá ser menor de 13 años.

Observaciones
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