Ordenanza N° 1936 NO

Datos de la ordenanza
Número
1936
Fecha de sanción
09/09/1998
Vigencia
NO
Decreto
1070
Tema
Obras y Servicios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- INCLUYASE como obra de Utilidad Pública y sujeta al sistema de

Contribución por Mejoras, la Pavimentación de los Complejos Habitacionales

denominados 245 Viviendas y 300 Viviendas ( B° Bahía Golondrina ) y de la calle

Monseñor Scriva de Balaguer ( INTEVU 17b) .

ARTICULO 2°.- Consideranse contribuyentes al sistema de Contribución por Mejoras

de las obras enunciadas en el Artículo 1° de la presente, a los frentistas en razón de los

metros lineales de frente lindero a vía pública que den a las obras mencionadas y a los

titulares de los complejos habitacionales en razón de los prorrateos por unidad

contributiva acordados con la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la

Municipalidad de Ushuaia.

ARTICULO 3°.- El detalle de Obra, los montos de la contribución por frente, el

prorrateo por unidad contributiva , y la designación de los contribuyentes al sistema de

Contribución por Mejoras, serán los establecidos en los Anexos I , II y III de la presente.

ARTICULO 4°.- Designase como organismo responsable de la Liquidación y

Recaudación de la Contribución por Mejoras a la Secretaría de Economía y Finanzas

de la Municipalidad de Ushuaia.

ARTICULO 5°.- Facultase al Ejecutivo Municipal por medio de la Secretaria de

Economía y Finanzas , para establecer formas de pago y plazos de acuerdo a las tasas

que se establecen en la Ordenanza Fiscal vigente .

ARTICULO 6°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal pra su promulgación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1936 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 09/09/1998.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1070 / 98.-

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