Ordenanza N° 1914 NO

Datos de la ordenanza
Número
1914
Fecha de sanción
08/07/1998
Vigencia
NO
Decreto
857
Tema
Animales
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFÍCASE el Artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 924,

modificatoria de la Ordenanza Municipal N° 552, el cual quedará redactado de la

siguiente manera:

“

ARTICULO 4°.- Cumplido el segundo día de publicidad, o el primer día hábil posterior

a la misma, según corresponda, si no se presentare el dueño o responsable del animal

ante la autoridad competente, la misma podrá proceder a su venta mediante licitación

pública, a su sacrificio o a su cesión a entidad pública reconocida, de acuerdo a lo que

resulte más conveniente. En lo que a captura de equinos refiere, podrá el Ejecutivo

Municipal entregarlo en carácter de donación a clubes o instituciones que desarrollen

programas de deportes ecuestres, priorizando aquellas dedicadas a la rehabilitación de

personas con discapacidades, debiendo el que recibe dar cumplimiento a la Ley

Provincial N° 262.-

En caso de procederse a la venta o a la cesión, se exigirá como requisito

indispensable, que el destinatario acredite la tenencia legal de un predio destinado al

efecto, que reúna las condiciones adecuadas a tales fines.-“

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1914 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 08/07/1998.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 857 / 98.-

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