Ordenanza N° 1897 NO

Datos de la ordenanza
Número
1897
Fecha de sanción
03/06/1998
Vigencia
NO
Decreto
736
Tema
Ordenanza Fiscal
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE a la firma RENACER S.A. por el período comprendido

entre el 1° de Junio de 1998 al 31 de Diciembre de 1999, de lo normado en los

Artículos 43°, 44° y 45° de la Ordenanza Municipal N° 1507 (Ordenanza Fiscal), en

todos los efectos aplicables a la Tasa de Actividades Comerciales e Industriales

determinada en el Artículo 93° de la referida norma fiscal, exclusivamente relacionado

al cobro de actualizaciones, intereses y multas.

ARTICULO 2°.- OTORGAR un plazo de gracia en favor de la firma RENACER S.A. ,

para el pago del tributo correspondiente a la tasa de Actividades Comerciales e

industriales, establecida en el Artículo 93° de la Ordenanza Municipal N° 1507

(Ordenanza Fiscal), desde el 1° de Junio de 1998 hasta el 31 de Diciembre de 1999, el

cual podrá, a su vencimiento, ser prorrogado por igual período. Dicha opción la ejercerá

el Departamento Ejecutivo Municipal en forma automática, condi-cionada a la

presentación del balance, certificado por Contador Público Nacional y por el Colegio de

Ciencias Económicas.

ARTICULO 3°.- INCLUYASE en el plazo de gracia, establecido en el Artículo anterior,

el plan de pago correspondiente al mismo tributo que fuera convenido con anterioridad

a la presente.

ARTICULO 4°.- La deuda correspondiente al referido Tributo, sobre el se establece en

el Artículo 2° y 3° el plazo de gracia con más las exenciones previstas en el Artículo 1°,

será abonada en los plazos que pauten oportunamente, facultándose para ello al

Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTICULO 5°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, como caso

excepcional y en razón de lo normado en los Artículos 1°, 2° y 3° de la presente a

extender a favor de la firma RENACER S.A. y a solicitud de ésta para todo trámite

relativo a importación de insumos o exportación de productos terminados, un

Certificado de Situación Fiscal Regular por aplicación de la presente Ordenanza,

respecto de la Tasa de Actividades Comerciales e Industriales.

ARTICULO 6°.- Las disposiciones establecidas precedentemente, quedarán sin efecto

de pleno derecho en casos de fusión, absorsión y/o traspaso por cualquier título del

paquete accionario de RENACER S.A.-

ARTICULO 7°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1897 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 03/06/1998.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 736 / 98.-

Observaciones
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