ARTICULO 1°.- DEROGASE en todos sus términos la Ordenanza Municipal N° 326.-
ARTICULO 2°.- DESAFECTASE del uso de vía pública a una superficie de 11,14 m2
aproximadamente sobre la calle Juan Sebastián Elcano y Avda. Magallanes, según
croquis que forma parte de la presente como Anexo I, cuya superficie definitiva quedará
establecida por la mensura correspondiente.-
ARTICULO 3°.- Incorpórase la superficie desafectada en el Artículo 2°, a la PARCELA
4 del MACIZO 3 de la SECCION “C”.-
ARTICULO 4°- El Departamento Ejecutivo Municipal efectuará la mensura
correspondiente quedando las medidas en el Plano de Mensura aprobado.-
ARTICULO 5°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la
Subsecretaría de Planeamiento y Gestión del Espacio Urbano, a adjudicar en venta la
superficie desafectada de acuerdo a la mensura.
ARTICULO 6°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1894 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 20/05/1998.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 728 / 98.-