ARTICULO 1º.- CREASE el FONDO ESPECIAL DE DEPORTES, con la
recaudación proveniente del arancelamiento de los servicios que presta el Complejo
Polideportivo Municipal.
ARTICULO 2º.- IMPLANTASE a partir del arancelamiento, discriminado en los
Anexos I y II que forma parte de la presente, por el uso de las instalaciones del
Complejo Polideportivo Municipal “Comodoro Augusto Lasserre”, que deberán
reconocer los usuarios que utilicen las citadas dependencias, para el ejercicio de
cualquier tipo de actividades que se realicen.
ARTICULO 3º.- DESTINASE de dicho fondo hasta el 31 de diciembre de 1986, el
cobro 80%, hasta el 31 de diciembre de 1987, el 70% y a partir de esa fecha el 60%,
de lo recaudado para atender las necesidades de ordenamiento, equipamiento y
mejoras del Complejo Polideportivo Municipal.
Consecuentemente destínase hasta el 31 de diciembre de 1986, el 20%,
hasta el 31 de diciembre de 1987, el 30% y a partir de esa fecha el 40% del mismo
fondo a atender las necesidades documentadas de las distintas entidades
deportivas intermedias, legalmente constituidas.
ARTICULO 4º.- El Poder Ejecutivo Municipal reglamentará la forma y procedimiento
de recaudación y el de su distribución.
ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 190 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 30/05/1986.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 339 / 86 .-