ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación de la ornamentación y los materiales para la
construcción del Cruceiro en las tierras fiscales sin mensurar sito en la Sección C, en la
márgen Sudeste de la Avda. Maipú en su intersección con la calle Guaraní.
ARTICULO 2°.- ASIGNASE con el nombre Plazoleta Galicia al predio ubicado en
tierras fiscales sin mensurar sito en la Sección C, en la margen Sudeste de la Avda.
Maipú en su intersección con la calle Guaraní, lugar del emplazamiento físico del
“cruceiro” donado por la “Xunta de Galicia”.
ARTICULO 3°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1859 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 25/02/1998.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 260 / 98.-