ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de las normas que fija la Ordenanza Municipal N°
1496, referida al ancho y superficie mínima de lote, al Plano de mensura que consta
como Anexo I, por medio del cual se subdivide la Parcela 17 del Macizo 5 de la Sección
“F”.-
ARTICULO 2°.- La nueva Parcela creada, indicada como 17b, cuyo frente es de 12,46
metros y su superficie es de 188,11 m2, será destina a la construcción de la Obra
“Estación Elevadora y Planta Depuradora de Líquidos Cloacales”.-
ARTICULO 3°.- Incorporase a la Parcela 17a una superficie de 226,24 m2,
correspondientes a la Parcela 17c, cuyo titular la acepta en compensación por la
superficie desafectada según lo estipulado por el Artículo 1°de la presente.-
ARTICULO 4°.- Los gastos que demande la mensura estarán a cargo de la Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y la diferencia a favor del titular
de la Parcela 17a, deberá ser abonada por éste.-
ARTICULO 5°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1857 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 11/12/1997.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1322 / 97.-