ARTICULO 1°.- DECLARASE de Interés Municipal el Programa de Desarrollo
Municipal II – PDM II, y adhiérase a la Ley Provincial N° 309.-
ARTICULO 2°.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la
Unidad Ejecutora Provincial, creada por Decreto Provincial N° 126/97, un Contrato de
Subpréstamo por los fondos provenientes del Convenio de Préstamo Subsidiario
suscripto entre el Gobierno Nacional en el marco del Programa al cual se adhiere por el
Artículo anterior.-
ARTICULO 3°.- Apruébanse los Proyectos de Reestructuración y Actualización de
Catastro Municipal, de Informatización de la Secretaría de Economía y Finanzas
Municipal y de Mejoramiento Vial y Renovación de Equipamiento, que como Anexo I
forman parte de la presente.-
ARTICULO 4°.- Apruébanse los documentos correspondientes al Subpréstamo
mencionado en el Artículo 2°, que se agregan como parte integrante de la presente
Ordenanza, y que responden al siguiente detalle:
1) Contrato de Préstamo Subsidiario N° 3860/AR, suscripto entre la Nación
Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
2) Convenio de Préstamo Subsidiario N° 2529/96, suscripto entre la Secretaría
de Desarrollo Social de la Nación Argentina y la Provincia de Tierra del
Fuego.
3) Proyecto de Contrato de Subpréstamo con Municipios a ser suscripto entre la
UEP y este Municipio.
ARTICULO 5°.- En razón de lo normado precedentemente, dense por cumplidas en
todos sus términos, las disposiciones del Artículo 55° de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 236.-
ARTICULO 6°.- Autorizar al Ejecutivo Municipal, conforme lo normado en el Artículo 57°
de la Ley Territorial N° 236, a contratar el empréstito emergente del Programa de
Desarrollo Municipal II – PDM II, y en un todo de acuerdo, con las pautas que se
detallan:
MONTO: CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO
CINCUENTA Y CUATRO ($ 4.796.154,00).
PLAZO DE AMORTIZACIÓN: VEINTE (20) Semestres, según detalle:
Proyecto Pavimentación: Veinte (20) semestres.
Proyecto Equipamiento Vial: Diez (10) semestres
Proyecto Informatización Sec de Economía y Finanzas: Diez (10) Semestres
Proyecto Reestructuración y Actualización Catastro: Diez (10) Semestres.
INTERESES PACTADOS: Nueve por ciento anual (9%) – (0,75% mensual – 4,5%
Semestral)
PLAZO DE GRACIA: Un (1) año.
DESTINO: Lo establecido en el Artículo 3° de la presente, de conformidad a las
condiciones que establezca el Programa de Desarrollo Municipal II – PDM II.
ARTICULO 7°.- Incorporar al Presupuesto Municipal la partida necesaria para el pago
de los Servicios de Amortización e Intereses del empréstito.-
ARTICULO 8°.- Garantizase el cumplimiento de las obligaciones que asuman en virtud
del Contrato de Subpréstamo a suscribir con la UEP, mediante la afectación de los
fondos de la Coparticipación Provincial o del régimen que la sustituya, y autorizase al
Gobierno Provincial a retener de dichos fondos los montos que pudieren corresponder
al incumplimiento de las obligaciones mencionadas, sin necesidad de interpelación
judicial o extrajudicial alguna y en forma automática.-
ARTICULO 9°.- Todas las cuestiones jurídicas relacionadas con el Contrato de
Subpréstamo cuya suscripción se autoriza en la presente Ordenanza, se regirán por lo
establecido en los documentos aprobados en el Artículo 4° y por las reglamentaciones
que en su consecuencia se dicten en el ámbito Nacional y Provincial, Subsidiariamente
resultarán de aplicación de Leyes Provinciales mencionadas en la Ley N° 309 y las
Ordenanzas Municipales pertinentes.-
ARTICULO 10°.- El crédito que se obtenga en virtud del Contrato de Subpréstamo
mencionado en el Artículo 2°, se reintegrará con los recursos provenientes de las
Contribuciones por Mejoras en lo que respecta a las obras de pavimentación y con
recursos de rentas generales de este Municipio en lo que respecta al Equipamiento Vial
e Informático.-
ARTICULO 11°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1855 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 17/12/1997.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1277 / 97.-