Ordenanza N° 1855 NO

Datos de la ordenanza
Número
1855
Fecha de sanción
17/12/1997
Vigencia
NO
Decreto
1277
Tema
Economía y Finanzas
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- DECLARASE de Interés Municipal el Programa de Desarrollo

Municipal II – PDM II, y adhiérase a la Ley Provincial N° 309.-

ARTICULO 2°.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la

Unidad Ejecutora Provincial, creada por Decreto Provincial N° 126/97, un Contrato de

Subpréstamo por los fondos provenientes del Convenio de Préstamo Subsidiario

suscripto entre el Gobierno Nacional en el marco del Programa al cual se adhiere por el

Artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- Apruébanse los Proyectos de Reestructuración y Actualización de

Catastro Municipal, de Informatización de la Secretaría de Economía y Finanzas

Municipal y de Mejoramiento Vial y Renovación de Equipamiento, que como Anexo I

forman parte de la presente.-

ARTICULO 4°.- Apruébanse los documentos correspondientes al Subpréstamo

mencionado en el Artículo 2°, que se agregan como parte integrante de la presente

Ordenanza, y que responden al siguiente detalle:

1) Contrato de Préstamo Subsidiario N° 3860/AR, suscripto entre la Nación

Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

2) Convenio de Préstamo Subsidiario N° 2529/96, suscripto entre la Secretaría

de Desarrollo Social de la Nación Argentina y la Provincia de Tierra del

Fuego.

3) Proyecto de Contrato de Subpréstamo con Municipios a ser suscripto entre la

UEP y este Municipio.

ARTICULO 5°.- En razón de lo normado precedentemente, dense por cumplidas en

todos sus términos, las disposiciones del Artículo 55° de la Ley Orgánica de

Municipalidades N° 236.-

ARTICULO 6°.- Autorizar al Ejecutivo Municipal, conforme lo normado en el Artículo 57°

de la Ley Territorial N° 236, a contratar el empréstito emergente del Programa de

Desarrollo Municipal II – PDM II, y en un todo de acuerdo, con las pautas que se

detallan:

MONTO: CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO

CINCUENTA Y CUATRO ($ 4.796.154,00).

PLAZO DE AMORTIZACIÓN: VEINTE (20) Semestres, según detalle:

Proyecto Pavimentación: Veinte (20) semestres.

Proyecto Equipamiento Vial: Diez (10) semestres

Proyecto Informatización Sec de Economía y Finanzas: Diez (10) Semestres

Proyecto Reestructuración y Actualización Catastro: Diez (10) Semestres.

INTERESES PACTADOS: Nueve por ciento anual (9%) – (0,75% mensual – 4,5%

Semestral)

PLAZO DE GRACIA: Un (1) año.

DESTINO: Lo establecido en el Artículo 3° de la presente, de conformidad a las

condiciones que establezca el Programa de Desarrollo Municipal II – PDM II.

ARTICULO 7°.- Incorporar al Presupuesto Municipal la partida necesaria para el pago

de los Servicios de Amortización e Intereses del empréstito.-

ARTICULO 8°.- Garantizase el cumplimiento de las obligaciones que asuman en virtud

del Contrato de Subpréstamo a suscribir con la UEP, mediante la afectación de los

fondos de la Coparticipación Provincial o del régimen que la sustituya, y autorizase al

Gobierno Provincial a retener de dichos fondos los montos que pudieren corresponder

al incumplimiento de las obligaciones mencionadas, sin necesidad de interpelación

judicial o extrajudicial alguna y en forma automática.-

ARTICULO 9°.- Todas las cuestiones jurídicas relacionadas con el Contrato de

Subpréstamo cuya suscripción se autoriza en la presente Ordenanza, se regirán por lo

establecido en los documentos aprobados en el Artículo 4° y por las reglamentaciones

que en su consecuencia se dicten en el ámbito Nacional y Provincial, Subsidiariamente

resultarán de aplicación de Leyes Provinciales mencionadas en la Ley N° 309 y las

Ordenanzas Municipales pertinentes.-

ARTICULO 10°.- El crédito que se obtenga en virtud del Contrato de Subpréstamo

mencionado en el Artículo 2°, se reintegrará con los recursos provenientes de las

Contribuciones por Mejoras en lo que respecta a las obras de pavimentación y con

recursos de rentas generales de este Municipio en lo que respecta al Equipamiento Vial

e Informático.-

ARTICULO 11°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1855 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 17/12/1997.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1277 / 97.-

Observaciones
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Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 1988 ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3
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