ARTICULO 1°.- DESAFECTASE del Uso como Espacio Verde al sector actualmente
ocupado del Macizo 9a de la Sección “L”, de acuerdo a los estudios y propuestas que
realice el Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 2°.- AFECTASE al Uso Residencial al sector enunciado en el Artículo 1° a
efectos de regularizar dominialmente, la situación de los vecinos que ocupan el sector.-
ARTICULO 3°.- En un todo de acuerdo a lo normado en el Artículo 216° de la Ley
Territorial N° 236, y de ser necesario, autorizase al Ejecutivo Municipal a la contratación
de terceros, para la ejecución de las tareas de mensura.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1842 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 11/12/1997.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1560 / 97.-