Datos de la ordenanza
Número
1840
Fecha de sanción
11/12/1997
Vigencia
NO
Decreto
1258
Tema
Economía y Finanzas
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 1188, el
cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUASE a los medios de difusión escritos y radiales, que
desarrollen sus actividades en esta ciudad, del pago de la Tasa a las actividades
Comerciales e Industriales”.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1840 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 11/12/1997.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1258 / 97.-
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 1188
ARTICULO lo.- EXCEPTUASE a los medios de
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