ARTICULO 1°.- CREASE una “COMISIÓN” que analice y evalúe el llamado a
elecciones de Constituyentes Municipales.
ARTICULO 2°.- LA COMISIÓN estará conformada de la siguiente forma:
Un (1) representante del Ejecutivo Municipal.
Un (1) representante de cada Bloque Político con representación en el Concejo
Deliberante.
ARTICULO 3°.- LA COMISIÓN deberá conformarse a partir del 01 de marzo del año
1998 y deberá expedirse en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir de la
formación de la misma.
ARTICULO 4°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1834 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 26/11/1997.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1237 / 97.-