ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de las normas que fija el Artículo III.15.3 del Código de
Edificación en lo que respecta al muro divisorio, para la obra sita en la Parcela 15b,
Macizo 44, Sección D, propiedad del Instituto Provincial de Vivienda, adjudicataria
señora Gabriela Alejandra TAVARONE.
ARTICULO 2°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el
ANEXO III de la Ordenanza
Municipal N° 1496, autorizándose a ocupar el Retiro Frontal, para la obra sita en la
Parcela 15b, Macizo 44 de la Sección D.
ARTICULO 3°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1829 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 26/11/1997.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1211/ 97.-