Ordenanza N° 1797 NO

Datos de la ordenanza
Número
1797
Fecha de sanción
01/10/1997
Vigencia
NO
Decreto
1010
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1°.- CRÉANSE espacios reservados para personas con discapacidad

ambulatorias en el frente de sus domicilios para el estacionamiento permanente de un

vehículo de su propiedad o de algún miembro de su grupo familiar conviviente, siempre

que el inmueble no posea cochera.-

ARTICULO 2°.- En caso de que la persona con discapacidad o su grupo familiar no

poseyese automotor, el interesado podrá solicitar la señalización del espacio para el

estacionamiento de ambulancia y/o vehículos de los servicios públicos que utiliza para

transportarse.-

ARTICULO 3°.- Los solicitantes del servicios deberán acreditar su domicilio en el lugar

pretendido y la acreditación de la naturaleza y grado de discapacidad, mediante

certificado extendido por la autoridad sanitaria competente.-

ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo reglamentará el procedimiento

administrativo a seguirse para el otorgamiento de las fanquicias.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1797 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 01/10/1997.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1010 / 97.-

Observaciones
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