Ordenanza N° 1764 NO

Datos de la ordenanza
Número
1764
Fecha de sanción
16/07/1997
Vigencia
NO
Decreto
748
Tema
Transporte / Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1°.- ESTABLECESE en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia, la obligatoriedad,

para todo vehículo automotor particular que prestare servicios al Municipio, la portación

en lugar visible, de una adecuada identificación que permita su perfecta individualización.

PaTICULO 213_- h brv- de preserte Orckrenza e1..~srá pzr

toda dase de vétficulos que puedan desplaLdI se en un medio terrestre tin .intervendbn

de una fuerza extraña a su mecanismo, gracias al aprovechamiento de la energía (vapor,

carburante, electricidad) que Ilevan consigo o extraen simultáneamente con la marcha.

ARTICULO 30.- La identificación a que se refiere el artículo primero, deberá consistir en

una ínscripcion que rezará "Vehículo al Servicio de la Municipalidad de Ushuaia", hacién-

dole además, expresa mención del Número de Expediente, Licitación y/o cualquier otro

dato que coadyuvare o permitiere conocer el antecedente normativo de la prestación del

servicio.

En todos los casos, la inscripción referida tendrá una dimensión no inferior a 0,40 mts. de

ancho por 0,40 mts. de largo, con fondo de color blanco reflectivo, letras de color verde y

de un tamaño que permita su correcta lectura.

ARTICULO 40.- El incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza será

sancionado con pena de multa que oscilará de 200 a 600 U.F.A., la que se graduará

conforme a la reglamentación que dicte el Departamento Ejecutivo; ello sin perjuicio de

las sanciones previtas en forma expresa en las cláusulas de contratación.

ARTICULO 5°.- A partir de la puesta en vigencia de la presente Ordenanza, toda

contratación dírecta o por licitación que efectuare el Municipio y que comprometa la

utílízacíón de vehículos al servicío munícipal, deberá contener entre slIS

condiciones la obligación a que refiere la presente norma.

ARTICULO 60 .- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N°

DADA EN SESION • • INARIA DE FECHA: 16/07/97.-

jet2. QPIA FIEL

CAI4 OS EIUSCAGLIA Pres,dente

ecre río Concejo Dell

Concelo DelIberento

H OR M ON RODRIO E DEL ORIGINAL

et Cpto. D spocho Goneral

Concejo, Dellberante TLZ

OrdenanPzraoNviunmciearod:e17T6i4erra del Fuego 748

2/3 Antártida e Islas del Atlántico Sur

USHUAIA, 31 JUL 1997

República Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

VISTO: El Expedíente N25058/97 del Registro de esta

Municipalidad, y;

CONSIDERANDO:

Oue medíante el mismo se tramita la promulgacíón de la

Ordenanza Municipalida d dada en sesión del día 16/07/97, por la

cual se establece en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia, la obli-

gatoriedad para todo vehículo automotor particular que prestare

serviCios al Município, la portación en lugar visible, de una

adecuada identificación que permita su perfecta individualiz a -

ción.

Que ha tomado intervención el Servicío Jurídico Perma-

nente de esta Municipalida d emitiendo el Dictamen L- y T.-

A.L.M.N2304/97 , entendiendo que no existen objeciones que impidan

su promulgación.

Due el suscripto comparte dicho críterio, estando

facultado para el dictado del presente acto administrativo, en

atención a las prescrípcione s del Artículo 101, Inciso 1) de la

Ley N.2236.

Pt r ullu:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

17 6 4

ARTICULO 12.-PROMULGAR la Ordenanza Municipal N -9- /c)7

sancionada por el Concej Deliberant e de la Ciudad de Ushuaia, en

sesíón del día 16/07/97 ediante la cual se establece en el ám-

ES COPI /1/ .2.

°L ORIGINAL

RJJN E-NITEZ

Direct ra

MunIij Despacho (-norrt

OrdenanPzraovNiunmciearod:e17T6ie4rra del Fuego

3/3 Antártida e Islas del Atlántico Sur

República Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

to de la Ciudad de Ushuaia, la obligatoriedad para todo vehiculo

automotor particular que prestare servicios al Municipio, la

portación en luwar visible, de una adecuada identificación que

permita su perfecta individualización.

ARTICULD 2P.-COMUNIOUESE. Dese al Boletín Oficial de la Municipa-

lidad de Ushuaia y Archívese. JCn , k...,ARRAMLia0

7 4 8 DECRETO MHNICIPAL N o/97. InZendente

mf.

ES

Municiwlidad de Ushuula

ORLA ZAIELZU

Direc SecreLia :1,12noTja y Finanzas

er,pacho (1.,norl

MunleIp P ed dr' MunicipcUad de Ushuaia

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