ARTICULO - Denomínanse Establecimientos Educativos de Gestión Privada, a aquellos que impartan enseñanza e instrucción con reconocimiento oficial y donde se .: osibilita la formación intégral y permanente qe láS persoñas, sin importar el' tipo, modalidad o nível educativo. RTICULO 2°.- Los Establecimientos EdUcalivoS de Gestión Privada deberán poseer abilitación Comercial previamente a su functonamiento, debiendo cumplimentar lo : stablecido en la Ordenanza Municipal f\l' 565 sus modificaciones y encuadrarse en el ecreto Reglamentario N° 954/93. RTICULO 3° - El Edificio o local en cuanto a su implementación, seguridad, • ondíciones constructivas e inclusive el factor Ocupacional máximo, se ajustará a lo stablecido en el Código de Edificación y Planearniento Municipal vigente. 'RTICULO 4`).- Los responsables de dichos EstábIecimientos deberán presentar al inicio e la tramitación de Habilitación, Certificado exPedido por el Ministerio de Educación y Itura de la Provincia donde conste haber Cumplimentado los requísitos ante ese ganísmo. RTICULO 5° - Los establecimientos que se ehcuentren funcionando a la fecha de la resente Ordenanza deberán adecuarse a estaS disposiciones en un plazo de seis (6) eses. I RTIC JLO 6° - Comuníquese, Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su , q ofn JHrici6m, (In n nl ItuIelin Oficial MI Hrn s ti publicación y ARCHNESE,_ DENANZA MUNICIPAL N° R - DA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 18/0/96.- "I 1? Á 1 cw , _ CAHLO9 8U3CAOLIA FIEL AN CEL /CA CUZIJAKI Conee oSecretarlo PrOd,2nte t Detlberante Concejo Dellberante H 1/ RAMO 'RODRIGUEZ ESICOPIA. FIEL DEL Gi4iCilEAL Jele 0p/o. Despaeho Goneral 1-14 bLI Z Concejo DelilOt'ante Directora Despacho Generat ,,.111is, Ordenanza Numero: 1712 27 r: 1996 2/3 Província de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Lo Ordenondo rar-tu, uun 10 de Diciembre de : CLJNY.:-7nP.NDO LJuu la mismo para pur este Depor- establecimus tomen'.10 medionte lo importon enseanzos J.noruc u ldn cecono dunde la furmacán y permanu, :I.mpuf.tor u:L tipo, modoidd o nivel educau. Que d• ocuerdo a3 Dictame .de Asesorj_o Letroda Munícipal, se informa que s•r.ja conveniu tr vetor loo nrticulos ta J.. eo ne vetar rn formo porcial mencionada normo. para dictar el el suscripto se encuentra presente, de acuerdo:al-fW11.1.. rulo 1 1.3- 1 ' Inciou 15-de la Ley N2236. •Pcr 1. INTENDENTE DF usHunIni DE on por rie (:)rt:f_eulo 2P, de en lo re±eren -ctomen N g 1055/96 le ia Letrada Municipal, 1‘..H I / • FS COPIA Fi T-7 C1e. CW~E MARiOisl EcTÍITEZ Directora Despacho General HOlurfla Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Répública Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA .2. con fecha 18 de Diciembre de en sus Articulos 3Q, 4Q, 52 y 62.
ARTICULO 32 .-COMUNIQUESE Dese.'al Ssletin Oficial de la Municipa- 6 94 1111 lidad de Ushuaia y Archívoq.e • •• pEpRETp mqNIcIpAL 12 1 FR rOPIA I_ ORIGINAL EZ J. JoRcE I.L.,,,RRAMUÑO Intendente MUnlelpallded de Ushuala AR101 DIreCtOra Despacho General MUnIc'es-ndad de Ushuala Lio.JUANMANU7Ly›:- ecrcV , C : de UshueiR