Ordenanza N° 1644 NO

Datos de la ordenanza
Número
1644
Fecha de sanción
22/05/1996
Vigencia
NO
Decreto
1167
Tema
Concejo Deliberante
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1º.- REALIZASE las reuniones de Comisiones Internas Permanentes

del Concejo Deliberante, en las Escuelas o Centros Comunitarios de los distintos

barrios de la ciudad de Ushuaia, cada vez que una Comisión Vecinal o una cantidad

de vecinos igual al doble del número de miembros que conforman la Comisión

Vecinal, así lo requieran.

ARTICULO 2º.- Los vecinos de nuestra ciudad, tendrán derecho a solicitar que las

Comisiones Internas Permanentes del Concejo Deliberante se reúnan en su barrio,

a través de una nota elevada al Presidente del Concejo Deliberante, quien en

Sesión, conjuntamente con los demás Concejales, determinarán el lugar a

comisionarse.

ARTICULO 3º.- La nota de solicitud enviada al Concejo Deliberante, tendrá que

especificar los temas y/o proyectos que tengan relación directa con el lugar del

barrio elegido para realizar las reuniones de las Comisiones Internas Permanentes,

pudiendo el Concejo Deliberante presentar alguna otra alternativa.

ARTICULO 4º.- El vecino podrá participar en las reuniones de las Comisiones

Internas Permanentes con voz pero sin voto.

ARTICULO 5º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1644 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 22/05/1996.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1167 / 96.-

Observaciones
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