ARTICULO 1° - AUTORIZASE la donación de los elementos que se detallan en el
ANEXO I de la presente, a la Asociación Críolla los Fueguinos".-
ARTICULO 20 - Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicacIÓn y ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° 1 5 821t.- DADA EN SESION EXTRAORDINARIA DE FECHA: 03/04/96
ANEXO 1 1 5 82 91 ORDENANZA MUNICIPAL N° 1 (Un) Basto de descarne.- 1 (Una) Matra doble.- 1 (Un) Mandil rojo.- 1 (Un) Juego de cabezada y rienda.- 1 (Una) Perla común (freno).- 1 (Un) Facón con vaina de cuero.- 1 (Una) Rastra para adulto.- AtsulteLIOA ClUZMAN Pre-,'dente Concelo Deltberante CAHLO3 BySCAt3LIA Secretarto ConceIo Dellberante MAn:ON BE 9TEZ Direc1cra A/C De:pecho Gsneral Municipez d de Provincía de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA 29 usHunsA, ABR 1996 1582 /96, sancionada YISTO: La Ordenanza Municipal NP por el Conceio Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, CONSIDERANDO: .C.We mediante la misma se autoriza la donación de los elementos que se detallan en el Anexo de la presento aia - Asociación Criolla "Los Fueguinos". Oue el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley NP236. Por ellou EL 1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 1 ti 82 '1.1 nRTIcuLo 1P.-PROMULGAR la Ordenanza Municipal .N12 /96 sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, mediante la cual autoriza la donación de los elementos que se detallan en el Anexo I de la presente, a la Asoci ción Criolla "Los Fueguinos". nRTIcuLo 2P. COMUNIOUESE. Dese al Doletin 0- al de la Municipa- 1 1. dad de Ushuaia y ARCHIVESE. DECRI-0 O 4•0 9 WEL ORLA T - DO Z•Ds,IELZU Secretwia cno 3 y Finanzas ° 0,10 Munici a idad da Ushuaia volOt rl MAEION E3E TEZ D;r3c:ora A/G lic2pE. cho Goneral NILIrliedda141).