Ordenanza N° 1493 NO

Datos de la ordenanza
Número
1493
Fecha de sanción
22/12/1994
Vigencia
NO
Decreto
25/95
Tema
Justicia de Faltas
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

Articulo 22 indicando que la misma tendrá vigencia desde su promulgación por el Departamento Ejecutivo; Que de acuerdo con la Ley Territorial Np 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sobre el particular: Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE 0R 4A

ARTICULO ig.- SUSTITUYASE el Articulo 22 de la Ordenanza Munici- pal Ng 1482/94 por el siguiente: "

ARTICULO 2g.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación por el Departamento Ejecutivo".-

ARTICULO 22.- Aqregase como Artículo 3o de la Ordenanza Municipal No 1482/94 el siguiente: "

ARTICULO 32.- Regístrese. Pase al Departamento Fjecutivo para su promulgación. Cumplido. ...Te/elietaw4 ca¿¿da c Waatib ARCHIVESE'.-

ARTICULO 3p.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplido. ARCHIVESE.- ORDEN/1- ZA MUNICIPAL No i, „ /94 - DADA E c FS . ON ORDINARIA D Al28 94 •UARb BLEUR ibvto 1 9 Concejo 0-iibs;3rante Concec; A Gargo 1.7; Pr HuriilHp:, „ e ‹.. idi..AierrIle 1 "CIPT I U...J1 pd 2P. „ CI.Drnuf i p dn „ 1.12 O2,5 LE WUMA ;WI 1 r,MunIcipailidad daUsinu,Ila

Observaciones
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Vínculos con otras ordenanzas