ARTICULO La falta de pago de los coaxtribuyentes en los Oralnoa que ae fijan
su el art.toulo siguiente deteraina4 la aplizac* del Mgiaien de Actualizaol4n
dispuesto en la Ordenanza Fiscal y Tarlfaria que se enouentre en vigenais al momen
to de la siora.
Tra~ose de deudas comprendidas en el Régiamen de pago en cuotas, el Departamento
irtjeoutivo podr4 disponer, adeedlo, la caduoldad del plazo.-
zatrmow Pijaae oosio feoba de venolziento de la Contribuo* para el pago al
oeatado, dentre de los treinta (30) dlas de informado el valor; para el pago en
cuotas basta el d‘a 10 del zes sigulente al de cada periodo mensual.-
ancoLO RE1/11110ARAN la presente Ordentuaza Especial los señores Seoretarios de
Gobierno de Econo4a y Finanzasy el de Obras y Servicios Mblicos.-
ARTIOULO 641 40. oomanzpag. kfire al Bolet‘a Oficial da la gobernaal& del Territo-
rio. c2JWLfl0. ARCIUYESE.-
81.-