Ordenanza N° 1291 NO

Datos de la ordenanza
Número
1291
Fecha de sanción
01/01/1994
Vigencia
NO
Decreto
NULL
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- MODIFIQUESE el sentido de circulación de la calle Gobernador

Deloqui desde su intersección con calle Yaganes hasta Juan Manuel de Rosas, la

que a partir de la presente y por un período de sesenta (60) días, será de doble

circulación.

ARTICULO 2º.- ESTABLECESE por el mismo período, la prohibición de estacionar

sobre ambas aceras de la calle Gobernador Deloqui, en las arterias que enuncia en

el artículo 1º.

ARTICULO 3º.- EXCEPTUASE de lo dispuesto en el artículo 2º, a las siguientes

instituciones por razones de máxima operatividad:

a) POLICIA DE LA PROVINCIA: Dependencia ubicada en las intersecciones de las

calles Gobernador Deloqui y Lasserre, un espacio reservado de estacionamiento

exclusivo, para vehículos oficiales de la misma, de 35 metros sobre acera Norte

de la calle Gobernador Deloqui, a partir de los cinco (5) metros de la línea de

edificación desde al intersección con la calle Lasserre;

b) MINISTERIO DE TRABAJO DELEGACION REGIONAL: Un espacio reservado de

estacionamiento exclusivo para vehículos oficiales de la misma, de ocho (8)

metros sobre acera Norte de la calle Gobernador Deloqui, a la altura del Nº 641.

ARTICULO 4º.- El incumplimiento a lo establecido precedentemente, será

sancionado conforme a lo establecido en el Régimen de Penalidades.

ARTICULO 5º.- Por el Departamento Prensa, dése a difusión para conocimiento de

toda la población, de la presente Ordenanza.

ARTICULO 6º.- Por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos procédase a la

señalización reglamentaria según consta en el anexo a la presente Ordenanza.

ARTICULO 7º.- Regístrese. Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido.

ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1291 .-

SANCIONADA Y PROMULGADA POR EJECUTIVO MUNICIPAL AÑO 1994.-

Observaciones
S.y P. 1994
Palabras claves
Clic en una palabra clave para ver todas las ordenanzas que la comparten.