ARTICULO 1º.- RATIFICAR el convenio entre la Municipalidad de Ushuaia y la
Cámara de Pescadores Costeros y Artesanales de la Provincia de Tierra del Fuego
por la cual se concede un permiso de Uso por el término de cinco (5) años, de un
predio con la superficie de trescientos sesenta y tres (363) metros cuadrados,
ubicado sobre la costa marítima de Avenida Maipú y prolongación de calle Juana
Fadul, según consta en el Anexo I del presente.
ARTICULO 2º.- AUTORIZAR al permisionario a construir la primera etapa de la obra
“Banquina de Pescadores Costeros y Artesanales de Ushuaia” compuesta de cinco
(5) módulos, según las especificaciones que constan en el Anexo II del presente.
ARTICULO 3º.- La vigencia de la presente comenzará a partir del día siguiente de
su publicación.
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido.
ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1290 .-
SANCIONADA Y PROMULGADA POR EJECUTIVO MUNICIPAL AÑO 1994.-