Ordenanza N° 1287 NO

Datos de la ordenanza
Número
1287
Fecha de sanción
01/01/1994
Vigencia
NO
Decreto
NULL
Tema
Deportes
Comisión
Calidad de Vida, Deportes, Cultura y Educación
Descripción

ARTICULO 1º.- APROBAR en todos sus términos el Convenio de Cesión de Uso

celebrado entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada por el señor

Intendente Municipal Dn. Mario Domingo DANIELE, y la ASOCIACION

MOTOCICLISTA FIN DEL MUNDO, representada por el señor Julio WILDER, D.N.I.

Nº 16.574.339, mediante la cual LA MUNICIPALIDAD cede en uso gratuito a LA

ASOCIACION así lo acepta, el predio descripto con una superficie de

aproximadamente cinco (5) hectáreas.

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido.

ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1287 .-

SANCIONADA Y PROMULGADA POR EJECUTIVO MUNICIPAL AÑO 1994.-

ANEXO I

CONVENIO CESION DE USO

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor

Intendente Municipal Dn. Mario Domingo DANIELE, en adelante LA

MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra la ASOCIACION MOTOCICLISTICA

FIN DEL MUNDO, representada en este acto por el señor Julio WILDER, D.N.I. Nº

16.574.339, en adelante LA ASOCIACION, acuerdan en celebrar el presente

Convenio de Cesión de Uso de un predio ubicado a la altura del kilómetro 11 de la

Ruta Nº 3 sobre la margen Oeste, sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: LA

MUNICIPALIDAD cede en uso gratuito y LA ASOCIACION así lo acepta, el predio

descripto con una superficie de aproximadamente cinco (5) hectáreas, de

conformidad con las modalidades que a continuación se detallan:-------------------------

---------------------------------

SEGUNDA: LA ASOCIACION realizará en el mencionado predio las siguientes

mejoras: a) Mensura y delimitación total del predio; b) Construcción de un parador

tipo quincho; c) Construcción de un asador de material y delimitación de un sector

para camping; d) Construcción de baños públicos; e) Construcción de una plaza

para niños, juegos varios. En la realización de estas obras LA ASOCIACION pondrá

especial cuidado en respetar el medio ambiente, de forma de producir el menor

impacto ecológico posible. Finalizado el plazo establecido en la cláusula quinta las

obras quedarán en propiedad de LA MUNICIPALIDAD.---------------------------------------

------------------------------

TERCERA: LA ASOCIACION se compromete a la realización de las obras

descriptas en la cláusula segunda, en un plazo no mayor de tres (3) años, contados

a partir de la promulgación de la Ordenanza ratificando el presente. El no

cumplimiento de la obligación asumida por LA ASOCIACION implicará la caducidad

de pleno derecho del presente Convenio.-------------------------------

CUARTA: LA ASOCIACION tendrá el deber de cuidar y preservar el espacio físico

que se le cede, en especial de totalidad de la flora y fauna que allí se encuentre, sea

en forma permanente o deambulatoria, haciéndose responsable por los hechos o

actos que sus asociados o terceras personas realicen y de los cuales resulte un

perjuicio para la flora y la fauna.-------------

QUINTA: LA MUNICIPALIDAD tendrá derecho a la utilización en forma gratuita de

las instalaciones cedidas y lo que en ellas se construya, cuando la actividad a

desarrollar sea de carácter institucional.-------------------------------------------

SEXTA: La presente cesión se realiza por un plazo de diez (10) años, pudiéndose

renovar por otro plazo similar de común acuerdo de partes.------

SEPTIMA: La presente cesión se efectúa Ad-referéndum de su aprobación por parte

del Concejo Deliberante a través del dictado de la correspondiente Ordenanza,

según lo dispone la Ley 236.--------------------------------------------

OCTAVA: La cesión tendrá vigencia una vez promulgada la mencionada

Ordenanza.------------------------------------------------------------------------------------

NOVENA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse sobre el presente

acuerdo, ambas partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de

la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otra que les pudiera

corresponder, constituyendo domicilios: LA MUNICIPALIDAD en San Martín 660 y

LA ASOCIACION en.........................de esta ciudad--------------------------------------------

-----------

---En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un

solo efecto en la ciudad de Ushuaia, a los...días del mes de....de 1994.------------------

-------------------------------------------------------------------------

Observaciones
S.y P. 1994
Palabras claves
Clic en una palabra clave para ver todas las ordenanzas que la comparten.