ARTICULO 1º.- MODIFIQUESE a partir de la fecha, la dependencia orgánica de la
Dirección de Cultura y control médico, que pasarán a depender de la Dirección de
Coordinación General y Despacho - Subsecretaría de Relaciones Comunitarias y
Turismo - Secretaría de Relaciones Comunitarias y Turismo.
ARTICULO 2º.- MODIFIQUESE a partir de la fecha, la dependencia orgánica del
Departamento Promoción y Desarrollo, que pasará a depender de la Dirección de
Coordinación General y Despacho - Subsecretaría de Relaciones Comunitarias y
Turismo - Secretaría de Relaciones Comunitarias y Turismo.
ARTICULO 3º.- ELEVASE el nivel jerárquico del Departamento Promoción y
Desarrollo, al de Dirección de Promoción y Desarrollo.
ARTICULO 4º.- DEROGUESE toda otra norma que se oponga, modifique o
reglamente la Estructura Orgánica de la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de
Relaciones Comunitarias y Turismo.
ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido.
ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1286 .-
SANCIONADA Y PROMULGADA POR EJECUTIVO MUNICIPAL AÑO 1994.-