Ordenanza N° 1185 NO

Datos de la ordenanza
Número
1185
Fecha de sanción
29/09/1993
Vigencia
NO
Decreto
1109
Tema
Concejo Deliberante
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO lo.- CREASE en el ámbito del Concejo Deliberante de la. Woncelo gielitezante Zudad ale 9,i‘t/facziez ciudad de Oshuaia, el programa. "EL ADOLESCENTE LEGISLA".-

ARTICULO 2o.- El programa creado mediante el Artículo lo de presente Ordenanza, está destinado a todos los alumnos de los Establecimientos Educacionales secundarios de la ciudad de Ushuaia. Asociaciones duveniles y/o Instituciones Gubernamentales y No Gubernamentales que nucleen adolescentes,-

ARTICULO El programa tendrá como flnalidad la partícipación del adolescente, mediante la presentación de proyectos relacionados con el quenacer municipal de nuestra Ciudad, que tienda a la bús- queda de una mejor calidad de vida para la. Comunidad en general.-

ARTICULO 4o.- Los alumnos de los establecimientos secundarlos interesados en partielpar del programa EL ADOLESCENTE LEGISLA, deberán constituirse en equipos de trabajo de no más de díez (10) integrante, quienes elaborarán las propuestas fundadas y mantenien- do las formas de ornato, las que se elevarán al Concejo Deliberante para su tratamiento.-

ARTICULO 5o.- El Concejó Deliberante una vez recibidas las propues- tas, y en la prímera Sesión Ord.inaria, le dará estado parlamentario sin más trámite se girará a la Comisión Asesora Permanente que según el tema puesto a consideración así corresponda,-

ARTICULO 6o.- La Comisión Asesora que tenga en estudio un proyecto originado por el programa EL ADOLESCENTE LEGISLA, deberá dentro deI período de Sesiones Ordinarías de ése año, dictaminar sobre el proyecto puesto a su consideración.-

ARTICULO 7o.- Los alumnos, autores del proyecto, podrán partícipar de las reuniones de Comisi6n cuando ésta así entíenda corresponder, a los efectos de recabar todos aquellos antecedentes que fuerafi Wancelo .geldifelante la Wittalati afe qldifteaia necesaríos para lograr el correspondiente dictamen.-

ARTICULO 80.- La Presidencia del Concejo Deliberante, instrumentará través de las áreas que correspondan, los mecanismos necesarios tendientes a infbrmar a los alumnos de • los establecimientos educacionales de la ciudad de Ushuaia, interesados en participar en el programa EL ADOLESCENTE LEGISLA, todb lo referente al procedí- miento en la elaboración de proyectos y al tramíte parlamentario.-

ARTICULO Do,- A través de las áreas que corresponda, se pondrá• en conocimiento de la presente, a todas las autoridades de los esta- blecimientos secundarios de nuestra Ciudad, como así también se dará amplia difusión de la misma,-

ARTICULO l09.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplido. ARCEIVESE.- JL.LZ QRDERANZA MUlif CLPAL No DADA JiI ESION QEDINABIA DE_EECNA: c MCMIZTO c PROMULCAC:ON 1491 cgoo.- t•-•-( SECRETARI Concejo Deliberante -J0 DELISE TE a". Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA LIGHUAIA, 9 NOV 1995 VISTO: La Ordenanza Municipal NeMey /93, sancionada put Concejo Deliberante de ia Ciudad de Ushuaia: y CONSIDERANDO: Que mediante la misma se crea en el ámbito del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, el programa "EL ADOLESCENTE LEGISLA". Por e1lou EL INTENDENTE muNIci p nL DE usHIJAIA DECRE í A s

ARTICULO 1Q.-PROMULGAR ia Ordenanza Municipal NP Nug /93, san- cionada por el Concejo Deliberante de ia Ciudad de Ushuaia, por la cual se crea en el ámbito del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, el programa "EL ADOLESCENTE LEGISLA".

ARTICULO 22.- REGISTRESE. Comuniquese a quienes corresponda. plido. ARCHIVESE. DECRETO MUNICIPAL NP láO9 JU rnc UMAR E. CERRA MARIO D.iD Seoreterlo e Goblerno Munlolp,1 ad Us.wale INTEti;DEN MUNICIPALIfrAID U A 4 U AlA ES COPIA FILL LLL CRIGINAL ( • - •VANDO Irector Deepacho Generel Munlolpelicled Uenuele

Observaciones
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