ARTICULO 1º.- DESAFECTASE un sector de QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO
CON CERO SEIS METROS CUADRADOS (595,06 m2), del Espacio Verde sito en
la Sección “E”, Macizo 5, Parcela 11, con frente a la calle 17 de Mayo y lindero a la
Parcela 22.
ARTICULO 2º.- Aféctase como Espacio Verde al predio ubicado en la Sección “E”,
Macizo 5, Parcela 23, con una superficie de QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO
CON CERO SEIS METROS CUADRADOS (595,06 m2).
ARTICULO 3º.- Lo normado mediante los artículos 1º y 2º de la presente, será en
un todo de acuerdo a lo obrante a los Planos de Relevamiento Planimétrico, que
consta a fojas 51 y 52 del Expediente Nº 009/92, Letra: C.D., debiéndose normalizar
mediante el correspondiente Plano de Mensura, por cuenta y orden de los vecinos
del Barrio “A.R.A. CRUCERO GENERAL BELGRANO”.
ARTICULO 4º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1149 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 21/07/1993.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 725 / 93.-